El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, habilita a la DGSFP en su artículo 24 para que, por medio de resolución y previo informe de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, pueda acordar la prórroga de diversos términos y plazos de presentación de información por las personas y entidades sujetas a su supervisión.