Los desafíos para alcanzar un adecuado nivel de ingresos para la jubilación

En España el sistema de previsión social consta de tres pilares, como ocurre en muchos países europeos. No obstante, la mayoría de los ciudadanos tienen en cuenta el primer pilar como fuente de ingresos de la pensión de jubilación.
Este primer pilar se basa en un sistema público de pensiones administrado por la Seguridad Social y funciona como un sistema obligatorio de reparto, es decir, un sistema en el que todos los trabajadores activos financian el pago de las pensiones públicas de los jubilados.
Por otro lado, el segundo y tercer pilar conforman el sistema de la previsión social complementaria, constituido por los planes de pensiones de Empleo y por los planes de pensiones Individuales, respectivamente. Estos dos pilares, en contraposición con el primer pilar, forman parte de un sistema financiado de forma voluntaria por el promotor del plan de empleo o por los partícipes, en el que se invierten contribuciones para recibir ingresos futuros en el momento de la jubilación.
Según los datos de la Comisión Europa recogidos en el informe Ageing Report 2018, la tasa de sustitución en España, que representa el porcentaje de ingresos en la jubilación respecto a los ingresos previos como trabajadores en activo, es del 78,7% estando muy por encima de la media comunitaria situada en el 46,3%.
Sin embargo, la tendencia es que nuestras pensiones vayan a ir decreciendo y si ahora la tasa de sustitución es del 73,9%, en unos años será muy inferior, pudiendo alcanzar el 45% en 2070, según el citado informe. Es ahora cuando los ciudadanos tienen la posibilidad de tomar medidas para alcanzar un nivel de ingresos adecuados para el momento de la jubilación.
En lo que respecta a la pensión privada, se está tramitando la trasposición al ordenamiento español de la Directiva 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2016 relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo, también conocida por sus siglas en inglés Directiva IORP II. En esta normativa se da una mayor importancia a la información a los partícipes y, en concreto en la fase previa a la jubilación, a los que se les proporcionará unas proyecciones de las prestaciones basadas en la edad de jubilación, con una limitación de responsabilidad pues pueden diferir del valor final previsto.
La Directiva IORP II establece que en los casos en que las proyecciones se basan en escenarios económicos, los ingresos deben mostrarse en dos escenarios para mostrar la varianza de los ingresos en las pensiones proyectadas. Las proyecciones deben ser realistas e incluir información sobre el participe y el régimen de pensiones, especialmente si no ofrece una garantía.

Otro desafío que se nos presenta es la cuestión de la demanda de justicia
intergeneracional en lo relativo a las pensiones. Son los jóvenes los más desfavorecidos por la bajada en el futuro de la tasa de sustitución, pues basado en un sistema de reparto, van a pagar más cotizaciones a la Seguridad Social en relación a la pensión pública que reciban en el momento de su jubilación. Luego el debate se encuentra en la cuestión de
qué recursos se transmiten entre sí las diferentes generaciones en lo relativo a las pensiones públicas.
La solución a esta situación sería aplicar otras medidas de ahorro y hacer posible la convivencia de un sistema de capitalización complementario con el sistema público de pensiones a fin de lograr pensiones que alcancen un poder adquisitivo justo para la jubilación.

Patricia Díez Busto

Inspectora de Seguros en el Área de Relaciones Internacionales de la DGSFP

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